Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
Mediante la cual se establecen pautas para la reclasificación de algunos productos a Suplementos Dietarios.
El Director General del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los Decretos 1290 de 1994; 211 de 2004; 212 de 2004; 2539 de 2005; 770 de 2005; 2772 de 2005 y
CONSIDERANDO QUE:
Este Instituto en ejercicio de sus funciones y de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo 2° del artículo 10 del Decreto 3863 de 2008 “Por el cual se modifica el Decreto 3249 de 2006 y se dictan otras disposiciones”,
RESUELVE:
Artículo 1°. Adóptese las pautas para la Reclasificación de los productos medicamentos, alimentos, productos fitoterapéuticos, preparaciones farmacéuticas con base en recursos naturales a suplementos dietarios, conforme al Anexo 1 que hace parte integral de la presente resolución.
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Cúmplase.
Expedido en Bogotá, D. C., a 28 de agosto de 2009.
El Director General,
Jairo Céspedes Camacho.
lunes, 19 de abril de 2010
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